Unión Europea: Clasificación de una unidad de distribución de energía eléctrica

8537.10.99  Clasificación de una unidad de distribución de energía eléctrica.

Descripción del Producto:

Artículo constituido por 27 tomas de corriente en una caja (llamada «unidad de distribución de energía ») con unas dimensiones aproximadas de 5 × 8 × 173 cm.

La caja está equipada con un cable eléctrico de una longitud aproximada de 3 m y de un enchufe para conexión a una toma de corriente conectada a la red eléctrica.

Se presenta como destinado al suministro de electricidad de 230 V a los diversos componentes montados en el bastidor en un armario. El artículo se monta en posición vertical en recintos de red estándar. El artículo también registra y transmite datos internos (por ejemplo, electricidad, voltaje, datos de salida y uso) y mensajes de alarma (si los valores son superiores o inferiores a determinados umbrales) a través de la tarjeta de comunicaciones incorporada.


Motivaciones y Clasificación del Producto:
 La clasificación en la Subpartida 85.44 como un cable provisto de piezas de conexión queda excluida, ya que el artículo está diseñado para funcionar como aparato de distribución de electricidad.

Puesto que el artículo se compone de varias tomas de corriente, un cable y un dispositivo de comunicación, debe clasificarse en el Código de la Nomenclatura Combinada 8537.10.99 como los demás cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes equipados con varios aparatos de las Partidas 85.35 u 85.36, para control o distribución de electricidad.

La clasificación está determinada por las reglas generales 1 y 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Combinada y por el texto de los Códigos de la Nomenclatura Combinada 85.37, 8537.10 y 8537.10.99.

Nota informativa: REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1958 DE LA COMISIÓN de 4 de noviembre de 2016, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la Nomenclatura Combinada. Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 301 del 9 de noviembre de 2016. Revisar el Reglamento....

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