9503.00.70
Una alfombra y un «lápiz especial»,
acondicionados conjuntamente
para la venta al por menor.
Descripción del Producto:
La alfombra es rectangular y está compuesta de dos capas
de tejido dobladilladas entre sí por los bordes.
La capa superior es un tejido de fibras textiles con
imágenes de estilo de dibujos animados impresas en los bordes. En el centro, impresiones
multicolores están recubiertas por una sustancia química blanca que se hace
transparente cuando se
moja, lo que permite hacer visibles las impresiones
multicolor de la tela: por ejemplo los dedos mojados dejan trazos de color. Una
vez que la materia textil se
ha secado, los colores desaparecen de nuevo bajo el
recubrimiento blanco.
El «lápiz especial» de plástico se usa para «escribir» en
la alfombra humedeciendo el recubrimiento de la superficie con su punta húmeda.
El «lápiz especial » se puede recargar con agua.
Motivaciones y Clasificación
del Producto:
Las imágenes impresas en los bordes de la alfombra y las
impresiones multicolor cubiertas por el recubrimiento, así como el «lápiz
especial» utilizado para «escribir» con agua, indican que los artículos están
destinados al entretenimiento de los niños (véanse también las notas
explicativas del sistema armonizado del capítulo 95, consideraciones generales,
párrafo primero). El «lápiz especial» no es un accesorio de la alfombra, porque
interviene en la principal función de la misma,
a saber, «escribir» en ella. No adapta la alfombra a una
operación particular, ni incrementa su gama de operaciones ni le permite
efectuar un servicio particular ligado a la principal función de la alfombra.
Si bien se puede «escribir» en la alfombra por medios
distintos al citado lápiz, este no deja de ser el medio principal para escribir
en ella. Por consiguiente, el «lápiz especial» no puede considerarse un
artículo de menor importancia a tenor de lo dispuesto en el párrafo tercero de
la nota explicativa de la nomenclatura combinada de la subpartida 9503 00 70.
En consecuencia, el «lápiz especial» es un artículo
individual de la misma importancia que la alfombra y ambos artículos forman un juego
o surtido. Puede considerarse que los artículos constituyen un juego o surtido
en el sentido del texto de la subpartida 9503 00 70, ya que son tipos
diferentes de artículos. Si se presentaran por separado, se clasificarían en
distintas subpartidas de la NC (véase también la nota explicativa de la
subpartida 9503 00 70, primer párrafo). Por consiguiente, se excluye su
clasificación en la subpartida 9503 00 99.
El artículo debe, por tanto, clasificarse en el código de la Nomenclatura Combinada 9503.00.70, como
«los demás juguetes presentados en juegos o surtidos».
La clasificación está determinada por las Reglas Generales
1 y 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Combinada y por el texto de los
códigos de la Nomenclatura Combinada 95.03
y 9503.00.70.
Nota informativa: REGLAMENTO DE
EJECUCIÓN (UE) 2016/1320 DE LA COMISIÓN de 26 de julio de 2016, relativo a la
clasificación de determinadas mercancías en la Nomenclatura Combinada.
Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 209 del 3 de agosto de 2016. Revisa el Reglamento...
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