Descripción del Producto:
Aparato alimentado con batería (denominado «videoscopio de inspección»), que consta
de:
- una unidad de control que
incorpora una palanca de mando, un dispositivo de grabación, una ranura para
tarjeta de memoria y una pantalla de cristal líquido (LCD) con una medida
diagonal de pantalla de aproximadamente 9 cm (3,5 pulgadas),
-
un cable eléctrico flexible
de una longitud de 3 m y un diámetro aproximado de 7 mm,
-
una cámara,
-
luces LED (diodo emisor de
luz).
El aparato está diseñado para ser utilizado
principalmente en la inspección técnica de cavidades. Permite captar y grabar
imágenes de vídeo. Las imágenes pueden visualizarse en tiempo real..
Motivaciones y Clasificación
del Producto:
Se excluye la clasificación como instrumentos, máquinas y
aparatos para medida o control de la Partida 90.31, pues la finalidad del
aparato no es medir o controlar las cavidades, sino captar imágenes y
convertirlas en una señal eléctrica grabada
como imagen de vídeo (véanse también las Notas Explicativas
del Sistema Armonizado de la Partida 85.25).
El aparato está constituido por componentes individuales conectados
entre sí para cumplir una función claramente definida en alguna de las partidas
de los capítulos 84 u 85. Teniendo en cuenta sus características objetivas, la
función del aparato es la captación y grabación de imágenes de vídeo. Se
excluye, por tanto, la clasificación en la Partida 85.28.
Por lo tanto, el aparato se debe clasificar en el código de la Nomenclatura Combinada 8525.80.91
como una videocámara que permite la grabación de sonido e imágenes tomados
únicamente con la cámara.
La clasificación está determinada por las Reglas Generales
1 y 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Combinada, por la Nota 4 de la Sección
XVI y por el texto de los códigos de la Nomenclatura Combinada 85.25, 8525.80 y
8525.80.91.
Nota
informativa: REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1761
DE LA COMISIÓN de 28 de septiembre de 2016, relativo a la clasificación de
determinadas mercancías en la Nomenclatura Combinada. Publicado en el Diario
Oficial de la Unión Europea L 269 del 4 de octubre de 2016. Revisa el
Reglamento ....
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