6307.90.90.00
El producto denominado comercialmente como “pantalones inflables, utilizados en accidentes” (“Emergency Trauma Air pants”), se presentan como una manufactura de tejido de
trama y urdimbre de filamentos sintéticos 100% poliéster de alta tenacidad. Se
utiliza en operaciones de rescate. La gran abertura inguinal de los pantalones
inflables ofrece fácil acceso a los vasos sanguíneos para la recolección de la
cateterización o gas en la sangre y permite el acceso a través de la superficie
pélvica y sin interrupción de la presión. Es fácil de inflar, ya que cada
cámara puede ser inflada individualmente a través de un sistema de bomba y la
válvula muy simple. La bomba de la inflación puede ser operada con el pie, la
acción de la mano o la rodilla y en circuito.
Al
observar la muestra se aprecia que no responde a una función ortopédica
determinada, ya que la presión que ejerce sobre la parte donde se coloca, está
dada por las propiedades elásticas del tejido. No tiene un propósito ortopédico
particular, conforme a lo que establece la Nota Legal 1 b) y 6 del Capítulo 90.
En
la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la Sección XI se refiere a las materias
textiles y sus manufacturas, y el Capítulo 54 a los filamentos sintéticos o
artificiales, donde el texto de la partida 54.07 comprende a los tejidos de
filamentos sintéticos; sin embargo, se excluye de esta Partida, por
corresponder sus características a la de un artículo confeccionado, de acuerdo
a lo definido en la Nota Legal 7 de la Sección XI.
El Capítulo 63 se
refiere entre otros, a los demás artículos textiles confeccionados, y el texto
de la Partida 63.07 clasifica a los artículos confeccionados no expresados ni
comprendidos en otras Partidas. En el caso, se trata de un artículo
confeccionado que no se encuentra comprendido en otras partidas;
consiguientemente, se clasifica en la partida 63.07, y a nivel de subpartida,
por considerarse un pantalón inflable, en la Subpartida Nacional 6307.90.90.00, en aplicación de la 1, 3 b) y 6
Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel Aduanero
de Importaciones, aprobado por la RESOLUCIÓN MINISTERIAL 973 del 3 de diciembre
de 2015 del Ministerio de Economía y Finanzas del Estado Plurinacional Bolivia.
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